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Sáb, May

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Ese día se elegirán consejeros y asambleístas para el período 2017-2019. En las sedes académicas se votará además para Directores de Escuelas e Institutos e integrantes de los cuerpos asesores respectivos. Hubo modificaciones a los regímenes electorales y se aprobó el Plan de Estudios de Enfermería

El Consejo Superior de la Universidad Nacional de la Patagonia Austral, reunido en sesión extraordinaria, aprobó ayer la convocatoria a elecciones de  consejeros y asambleístas para el periodo 2017- 2019; Directores de Escuelas e Institutos e integrantes de los consejos y comités asesores respectivos. El acto eleccionario, en todos los casos, se llevará a cabo el viernes 6 de octubre.

En la sesión – que  se retomó ayer luego de un cuarto intermedio solicitado en la reunión que el Consejo Superior inició por videoconferencia el jueves pasado-  se introdujeron modificaciones a los regímenes consultivos de Escuelas e Institutos y a la Ordenanza 165, que reglamenta las elecciones para consejeros y asambleístas. También se aprobó el nuevo Plan de Estudios de la Licenciatura en Enfermería.

El órgano de gobierno se reunió en el Colegio Médico de Río Gallegos, con participación mediada por tecnologías de los representantes de las unidades académicas Caleta Olivia y San Julián y permitió dar tratamiento a distintos temas 'urgentes', cuyo abordaje estaba previsto en la segunda sesión ordinaria de este año, suspendida a raíz de las condiciones climáticas reinantes en la provincia durante la primera mitad del mes de junio.

En lo que respecta a las elecciones de consejeros y asambleístas, que involucran a  toda la comunidad universitaria de la UNPA, el cronograma fija el inicio del cómputo de plazos para el 4 de agosto y la presentación de listas de candidatos  del 4 al 8 de septiembre. La publicación de los padrones provisionales se realizará del 11 al 15 de agosto.

El 6 de octubre en las unidades académicas de la universidad cada claustro y subclaustro elegirá a sus representantes ante el Consejo de Unidad – cuatro profesores, dos auxiliares, cinco  estudiantes y un integrante del Cuerpo de Administración y Apoyo- mientras que en el Rectorado los No Docentes definirán su representación ante la Asamblea Universitaria. De entre estos actores surgirá la nueva conformación del Consejo Superior y la Asamblea para los próximos dos años.

Cabe recordar que en esta oportunidad no se eligen autoridades unipersonales, dado que los cargos de Rector, Vicerrector, Decanos y Vicedecanos tiene un mandato de cuatro años, que culmina en 2019.

El cronograma electoral para Escuelas e Institutos fija también el inicio del cómputo de plazos para el 4 de agosto; la presentación tanto de listas de candidatos para integrantes de consejos y comités asesores como las postulaciones para Directores, con su plan de gestión asociado, del 24 al 30 de agosto.

Los cronogramas electorales completos se encuentran disponibles en www.unpa.edu.ar

Reglamentos

Sobre la modificación de la Ordenanza 165-CS-UNPA, el rector de la UNPA, Ing. Hugo Rojas – quien presidió  la sesión extraordinaria de ayer- el principal cambio apunta a que “las plazas  de consejeros superiores se definan a través de un sistema d'hont y luego los claustros decidan los nombres  de las personas que ocuparían esos lugares” y consideró que “de esa manera ya no queda  al arbitrio de un consejo de unidad la toma de decisión respecto de quienes van a ser los representantes, sino que el mismo claustro o cuerpo, a través de sus electores, participa en la asignación de lugares”.

En este contexto, Rojas sostuvo que la modificación, que involucra principalmente a los Artículos 47 y 62 del Régimen Electoral de la universidad, permitirá “evitar una situación que se vino dando, en la que en algunos casos los consejos de unidad tomaban, cuando no había acuerdo entre los claustros, la decisión de quiénes iban a ser representantes ante el consejo superior, originando una serie de exclusiones a algunos sectores políticos”.

Consultado sobre las modificaciones a los reglamentos, el rector de la UNPA, explicó que se analizaron “propuestas de modificaciones para el Régimen Consultivo de institutos en lo que hace a los requisitos a exigir para los postulantes para cubrir el cargo de director” y que “otro de los temas que fue objeto de un amplio debate fue la quita del requisito de la residencia para postular como candidato a director de escuela o instituto”.

“En el primer caso la propuesta concreta fue incorporar entre los requisitos para los postulantes a directores la figura de codirector de proyectos de investigación, pero siempre y cuando sean docentes con Categoría 3 en el Programa de Incentivos o Categoría 4 con título de postgrado y en el segundo caso se eliminó el requisito de ser residente al momento de asumir el cargo  de  Director de escuela o instituto”, precisó

Rojas señaló que en esta decisión se atendieron “argumentos que tenían que ver con la dinámica propia que se da al interior de cada una de las unidades académicas, pero también a razones que tenían que ver con  eliminar todo tipo de discriminación, tal como prevé el Artículo 43 del Convenio Colectivo de Trabajo, que tiene  una referencia concreta y taxativa respecto as la residencia”.

Enfermería            

La aprobación del nuevo Plan de Estudios de la Licenciatura en Enfermería, en tanto, obedece a que la carrera fue incluida en el Artículo 43 de la Ley de Educación Superior – que alcanza a aquellas profesiones reguladas por el Estado cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público- y marca la culminación de un extenso proceso de modificación del programa realizado al interior de la Escuela de Enfermería de la universidad.

El Rector informó que el nuevo Plan de Estudios “está actualmente en proceso de acreditación”, que “contempla distintos estándares que los planes de estudiosa deben tener, entre ellos los contenidos curriculares básicos que en acuerdo con todo el  sistema universitario se acordaron”.