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Jairo Henoch Guzmán, titular del PAMI Santa Cruz, fue condenado por publicar contenido discriminatorio contra personas LGBTIQ+ en sus redes.

Una bandera de la diversidad en llamas y un mensaje excluyente: “En Argentina solo la celeste y blanca”. Esa publicación en redes sociales, hecha por el director del PAMI en Santa Cruz, Jairo Henoch Guzmán, desató una causa judicial que ahora termina en condena.

En un fallo que marca un antes y un después, el Juzgado de Primera Instancia N°1 de Santa Cruz, a cargo del juez Marcelo Bersanelli, sentenció a Guzmán por incurrir en discurso de odio contra la comunidad LGBTIQ+. El juez ordenó su retractación pública, eliminación de las publicaciones discriminatorias y asistencia obligatoria a talleres sobre derechos humanos y masculinidades.

Lo que dijo y lo que hizo

La denuncia fue impulsada por Rodrigo Gabriel Ordóñez, jefe del Departamento de Diversidad y Disidencias de la Municipalidad de Río Gallegos. En la demanda se apuntó a publicaciones en Facebook e Instagram donde Guzmán difundía contenido que, según la Justicia, “no es una opinión política, sino una incitación simbólica a la violencia”.

Aunque el funcionario intentó escudarse en su “libertad de expresión” y “convicciones personales”, el magistrado fue tajante: “El discurso de odio no está amparado por la libertad de expresión cuando vulnera derechos protegidos por la Constitución y tratados internacionales”.

Las leyes que lo condenan

El fallo se basó en un marco legal sólido:

La Ley 26.743 de Identidad de Género.
La Ley 23.592 de Actos Discriminatorios.
La Convención Americana de Derechos Humanos y pactos internacionales suscriptos por Argentina.

Pero más allá de los marcos legales, el juez recordó que “los funcionarios públicos tienen la obligación reforzada de resguardar los derechos humanos y evitar discursos que generen exclusión”.

Las sanciones

Guzmán deberá cumplir con cinco medidas concretas:

1. Retractarse públicamente en tres diarios provinciales y en sus redes sociales.
2. Eliminar todo el contenido vinculado a discursos de odio, incluyendo posteos del 17 de diciembre de 2024.
3. Asistir a talleres del programa “Dispositivos para Varones” de la Subsecretaría de Derechos Humanos.
4. Abstenerse de repetir este tipo de publicaciones en el futuro.
5. Pagar las costas judiciales del proceso.

Tiene 72 horas para comenzar a cumplir con estas disposiciones.

Repercusiones políticas y sociales

Desde organismos de diversidad celebraron el fallo. “Es un límite claro al odio disfrazado de opinión”, señalaron desde la Dirección de Políticas de Género del municipio. El caso fue además acompañado por distintas organizaciones sociales que se presentaron como amicus curiae.

Del otro lado, allegados a Guzmán denunciaron una “persecución política”, aunque la justicia fue clara: “La libertad de expresión no habilita el desprecio hacia grupos vulnerados”.

Un fallo que puede marcar historia

Este caso podría transformarse en un precedente judicial clave para enfrentar el odio en plataformas digitales. En tiempos donde los discursos antiderechos se cuelan en los espacios públicos y políticos, la sentencia es un mensaje contundente: los derechos humanos no se negocian, se garantizan.

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