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Vie, Oct

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Finalmente y luego de distintas especulaciones, en el marco de la 5° Sesión Ordinaria del 46° periodo de sesiones, los diputados de la provincia de Santa Cruz votaron a favor de la modificación del Art. Nº 22 de la Ley 55

Luego de un amplio debate, los diputados aprobaron, por dos tercios de los presentes, el proyecto de Ley mediante el cual modificaron el artículo 22 de la Ley 55, que quedó redactado de la siguiente manera: “Las elecciones serán ordinarias y extraordinarias. Las elecciones ordinarias tendrán lugar cada cuatros años pudiendo ser simultaneas a los Comicios Generales de la Provincia, utilizando para ello las mismas mesas y autoridades con excepción de las mesas de extranjeros. Las extraordinarias tendrán lugar toda vez que haya que elegir Intendente de una Municipalidad fuera de las fechas establecidas en el presente artículo o cuando haya que integrar los Concejos”