Gustavo Garcia, un empleado de la administración publica, en un día como cualquiera concurrió a un comercio de nuestra ciudad a realizar algunas compras, luego y al llegara su domicilio continuo con sus tareas sin haberse percatado del extravío, los minutos pasaron y tocan la puerta, al atender una persona de sexo masculino (de cilvil) le pregunta si era Gustavo Garcia a lo que respondió afirmativamente seguido de esto le solicito que acredite su identidad con algún documento, sin saber como reaccionar, el sargento le muestra la billetera que él había encontrado y que se la venia a devolver.
Sin saber como agradecer Gustavo quiso recompensar le loable gesto del personal policial, a lo que únicamente recibió el agradecimiento y rechazando cualquier tipo de retribución.
Cumpliendo con el deber:
El Sargento de Policía Rodolfo Ramón GOMEZ, al hallar una billetera con importante documentación y dinero en efectivo, cuando ingresó a realizar compras en un local comercial de esta ciudad capital, se acercó a un empleado para que oficie de testigo ante el hallazgo, dejando sus datos personales y número de teléfono para que si regresaba el vecino pudiera localizarlo y hacerle entrega de sus pertenencias.
Finalmente y con el correr de los minutos el suboficial recibe una llamada telefónica del vecino quién le manifiesta que realmente se encuentra muy agradecido por su gesto, y le ofrece una recompensa por su accionar, desestimando tal ofrecimiento, ya que según relata el mismo: “…Para mi es algo común el encontrar algo no propio y devolverlo, porque mi familia me educó así, soy creyente, con lo cual, está en Dios obrar de esta manera”.
Para concluir en su relato destacó: “Instó a mis camaradas y a la sociedad toda a pensar en el otro y a reflexionar en vísperas de pascuas, tratando de hacer el bien, ya que con mucho o poco podemos hacer algo por el prójimo”…
Legales:
En nuestro país y mas precisamente en el código penal de la nación, existe el Art. Nº 175 que reza lo siguiente "Será reprimido con multa de mil pesos a quince mil pesos - 1º). El que encontrare perdida una cosa que no le pertenezca o un tesoro y se apropiare la cosa o la parte del tesoro correspondiente al propietario del suelo, sin observar las prescripciones del Código Civil;
Por ello y desde este medio instamos a seguir las buenas acciones y a los que deciden apropiarse de algún objeto sepa que no gana sino que se genera un problema ante la ley.-
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